El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir los siguientes vehículos:
– Motocicletas.
– Triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW a partir de los 21 años.
El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir los siguientes vehículos:
– Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 Kw/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.
– Su obtención implica la concesión del AM y A1, autorizando por tanto a conducir los mismos vehículos que estos permisos.
El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
– Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 Kg.
– Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 Kg.
– Triciclos y cuadriciclos de motor.
El permiso de conducción C autoriza para conducir los siguientes vehículos:
– Automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 Kg. que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 Kg.
Conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya MMA no superior a 3.500kg., y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no excede de nueve. Sólo tiene validez dentro del territorio nacional.
El permiso de conducción C+E autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 Kg., sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.